Preguntas Frecuentes
¿Qué es un Crédito?( Ir al Inicio)
Es una unidad de medida del tiempo que debe dedicarse de trabajo a cierto curso para aprobarlo correctamente. Los cursos generalmente son de 5 cr, 10 cr, 15 cr, siendo en su gran mayoría de 10 cr.
Lo común es que se tomen alrededor de 50 cr. por semestre.*
*Recuerde que debe aprobar por lo menos 50 cr. durante los últimos 2 semestres cursados.
¿Puedo inscribir más de 60 o menos de 30 créditos?
Sólo con autorización de la Dirección de Docencia. La solicitud debe ser presentada mediante formulario, en el mes de diciembre para cursos de primer semestre y julio para cursos de segundo semestre. En la solicitud debes indicar los cursos a inscribir en orden de prioridad.
¿En qué casos normalmente se acepta una solicitud para inscribir más de 60 créditos?
Cuando tienes un buen rendimiento académico, entendido como:
A lo menos los últimos tres semestres con PPS igual o mayor a 4.5 y un 80% de aprobación.
Cuando estás en tu último semestre y propones una carga razonable.
¿Por qué razón se me podría autorizar a inscribir menos de 30 créditos?
Cuando estás egresando y ya no tienes más créditos que inscribir, o por situaciones de salud, que justifiquen una carga reducida.
¿Si se me autoriza a inscribir más de 55 créditos, puedo después retirar un ramo?
Sólo haciendo uso de tu derecho al retiro voluntario de un curso.
¿Qué pasa si mi solicitud es rechazada y yo ya había inscrito más de 55 cr.?
La Dirección de Docencia avisa por e-mail a tu correo puc.cl antes del periodo de Solicitud de Excepción (SOLEX) si tu solicitud fue aceptada o rechazada. Por lo tanto, si tu solicitud es rechazada deberás retirar el excedente de créditos por SOLEX. En fecha posterior, se realiza el control de créditos y si aún apareces con exceso de créditos, se procederá a retirar él o los cursos que estén al final de la lista que colocaste en la solicitud. Por eso los cursos deben ponerse en orden de prioridad.
¿Qué pasa si inscribo más de 55cr. sin solicitar autorización?
Igualmente se procederá a eliminar el exceso de créditos retirando cualquier curso de la carga semestral (ya que no tenemos una solicitud donde los cursos estén en orden de prioridad).
¿Qué pasa si aparezco en la lista de un curso que no inscribí o que retiré (por pucmático o por web en solicitudes de excepción) y por lo tanto aparece en mi carga definitiva?
Es probable que se trate de un error, por lo que debes acercarte a la Dirección de Docencia y entregar una fotocopia de tu carga definitiva, no más tarde que un mes después de haber finalizado el periodo de SOLEX. Es importante que retires oportunamente tu carga definitiva en MiPortalUC comprobando las inscripciones o retiros de cursos efectuados en cada etapa e imprimas el comprobante de la solicitud de excepción efectuada en web, para comprobar si ha habido error.
¿Puedo tomar (asistir) un curso que no inscribí y pedirle al profesor que posteriormente informe la nota?
No. Si no apareces en las listas del curso y no estás en el acta final de notas, no puedes ser evaluado.
¿Puedo inscribir un curso sin requisito?
No. Sólo excepcionalmente podría autorizarse si la Dirección de Docencia lo autoriza. Esto se realiza en el período de SOLEX.
¿Y si inscribo un curso sin requisito y no pido autorización?
Pucmático rechazará siempre el curso al detectar que no tienes los requsitos. Si la Dirección de Docencia no acepta el curso en el proceso de SOLEX, el curso no quedará inscrito.
¿Qué sucede si solicito inscribir un curso por SOLEX y el profesor no lo acepta?
Si la Dirección de Docencia no acepta la inscripción del curso por cualquier razón, no puedes realizar el curso.
¿Si me autorizan a inscribir un curso sin requisito, después puedo retirarlo?
No. Una vez que se inscribe el curso con la autorización correspondiente no se puede retirar, a excepción del retiro voluntario de cursos.
¿Después del período de solicitudes de excepción, el Servicio de Salud me puede retirar ramos?
No. El Servicio de Salud no retira cursos. Sólo si la situación lo amerita, podrá recomendar la suspensión del semestre.
Retiro voluntario de un curso
En cada período académico, todo alumno regular podrá eliminar un curso, sin expresión de causa, con la excepción de aquellos que se encuentran en el primer semestre de su carrera. No podrán eliminar un curso aquellos alumnos que al realizarlo, su carga académica definitiva resulte inferior a 30 créditos. La eliminación en comento se podrá efectuar hasta una fecha límite que será especificada anualmente por el Consejo Superior, a propuesta de la Vicerrectoría Académica. La fecha límite para eliminar el curso, será especificada anualmente en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.
La Facultad podrá determinar el nombre de aquellos cursos que estarán exentos de esta medida y justificar su solicitud ante el Vicerrector Académico, quien dictará una Resolución de Vicerrectoría Académica para estos efectos.
Cursos Excluidos del Retiro Voluntario:
CURSOS DE REQUISITO IDIOMA INGLÉS, INCLUYENDO EL TEST DE INGLÉS
TEST DE COMUNICACIÓN ESCRITA
| BIO266D | Laboratorio Bioquímica I: Biología Celular |
| BIO266E | Laboratorio Bioquímica II: Genética Molecular |
| BIO297C | Laboratorio de Bioquímica, Biología Celular |
| BIO298E | Trabajo Experimental en Ecología |
| BIO299L | Laboratorio de Fisiología |
Ficha Académica
¿Qué puedo hacer si en mi ficha académica aparece un curso que yo nunca inscribí o que retiré y me aparece con nota 1,0?
Puede tratarse de un error, debes acercarte a la Dirección de Docencia y llevar una fotocopia de tu ficha acumulada, carga definitiva o el comprobante de retiro del curso. Sólo en el caso que se pueda comprobar que el curso nunca se inscribió o que se hizo el trámite para su retiro y quedó inscrito por error, y el profesor del curso confirma que no hubo asistencia al curso y por lo tanto no hubo evaluaciones de ningún tipo, podrá autorizarse el retiro de la nota 1,0 mediante una observación a la ficha académica.
¿Qué puedo hacer si en mi ficha acumulada aparece una nota que no corresponde a la nota que realmente obtuve en el curso?
Se trata de un trámite de observación a la ficha académica. En este caso es el profesor quien debe solicitar a la Dirección de Docencia, mediante un memorándum, que se modifique la nota que se colocó inicialmente en el acta de notas.
¿Cómo se pueden hacer observaciones a la ficha académica que involucren cursos dictados por otras Unidades Académicas?
La Unidad Académica que dicta el curso debe hacer la observación a la ficha, llenando y firmando el formulario. La Dirección de Docencia le da el visto bueno y lo envía a DSRD.
Inasistencias
Toda inasistencia a alguna actividad obligatoria de un curso debe ser justificada con un certificado médico, entregado en la Secretaría de la Dirección de Docencia de la Facultad, indicando la sigla y el profesor del curso que se justifica. El plazo máximo para entregar el certificado es de 6 días hábiles a contar del inicio de la licencia.
Nota P
¿Qué es una nota P?
El profesor coloca una P en lugar de la nota en el acta final. Eso significa que la nota definitiva queda “pendiente” hasta dar la evaluación que falta, momento en que se “levanta” la nota P.
¿En qué situación puedo solicitar una nota P?
Cuando tuvieras rendidas todas las interrogaciones y sólo por razones de fuerza mayor te vieras impedido de rendir el examen o cumplir con alguna otra exigencia importante del curso. Un ejemplo de fuerza mayor es una situación de salud grave respaldada con certificado médico.
¿Cuánto tiempo puede permanecer P una nota?
La calificación P será reemplazada por la nota definitiva en el momento que el alumno dé cumplimiento a las exigencias de evaluación estipuladas por el profesor. En todo caso, la calificación P podrá permanecer sólo hasta la fecha indicada por DSRD, típicamente en la primera semana del semestre académico inmediatamente siguiente.
¿Si por alguna razón no puedo cumplir con las condiciones en que se me otorgó la nota P, qué otra oportunidad tengo?
Ninguna. Si no das el examen en la fecha acordada o no cumples con cualquiera otra condición que el profesor estipuló, serás calificado con nota 1,0.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar nota P?
Debes acordarlo con el profesor, quien estipulará las condiciones en que aceptaría dejar P el curso, la fecha en que el alumno deberá cumplir su compromiso y las notas obtenidas en el semestre y su ponderación.
¿Cuáles pueden ser las razones por las que se rechace una solicitud de nota P?
Si las razones que fundamentan la solicitud, a juicio del profesor no justifican plenamente la inasistencia. Si el motivo de la solicitud no está debidamente documentado, por ejemplo, sin certificado médico en el caso de razones de salud. Si el alumno no hubiera rendido todas las evaluaciones programadas por el curso durante el semestre.
¿Existen excepciones al reglamento de las notas P?
Para distinguir las excepciones a las notas P, ahora se usa la calificación “I” que significa “Incompleto”.
Los cursos de Investigación o Proyecto y Trabajo Personal Dirigido son los únicos cursos que se pueden dejar con nota I. Debido a que no siguen la metodología de un curso tradicional ni tienen evaluaciones parciales, la nota definitiva podrá ser informada por el profesor responsable, en el momento en que el alumno dé cumplimiento a las exigencias estipuladas y esto puede ser hasta el final del período lectivo siguiente.
Convalidación
En la Pontificia Universidad Católica de Chile existen tres tipos de convalidaciones:
• Cursos aprobados en la Pontificia Universidad Católica de Chile (UC)
• Cursos aprobados en otras universidades chilenas y extranjeras
• Por conocimientos relevantes
En este manual de procedimiento se describe cada tipo de convalidación, los casos en que se aplican y los documentos a entregar.
• Consideraciones generales
El criterio para convalidar un curso, es que las materias vistas en él sean equivalentes a lo menos en un 75% con las materias del curso por el que se convalida (Art. 6 del Reglamento de
Convalidaciones), y la nota obtenida sea mayor o igual a 4,5 en una escala de notas de 1 a 7.
Se pueden convalidar a lo máximo dos cursos deportivos de 5 créditos cada uno.
Los cursos convalidados permitirán un avance curricular, pero no afectarán al Promedio
Ponderado Acumulado (P.P.A). Ya que este último sólo considera los cursos inscritos y realizados en la carrera respectiva.
• Reglamentación vigente
Reglamento de alumno de pregrado
Reglamento de convalidaciones
Reglamento de Intercambio Estudiantil
Se puede acceder a ellos en: Normas y Procedimientos -> Reglamentos de la Universidad
• Cursos aprobados en la UC
Puede solicitar este tipo de convalidaciones el alumno que haya ingresado por vía PSU o por admisión especial “Cambio de carrera, misma Universidad”. Este trámite se debe realizar durante la primera semana de clases del primer semestre de carrera.
Documentos a entregar en la Dirección de Docencia
Formulario de Convalidaciones de Cursos debidamente llenado. El formulario está disponible en la Dirección de Docencia.
Ficha Académica donde figuren las notas de los ramos a convalidar.
Con la documentación completa, pedir entrevista con la Coordinadora Docente para analizar las convalidaciones y definir los cursos a inscribir, si corresponde.
A inicios del siguiente semestre verificar en Mi Portal (http://www.puc.cl), que las convalidaciones se hayan ingresado a la Ficha Académica Acumulada. De existir algún error, debe acercarse a la Dirección de Docencia para corregirlo.
• Cursos aprobados en otras universidades chilenas
Puede solicitar este tipo de convalidaciones el alumno que haya ingresado por vía PSU (o PAA) o por admisión especial “Cambio de Universidad, misma carrera” o “Cambio de Universidad, cambio de carrera”. Este trámite se debe realizar durante la primera semana de clases del primer semestre de carrera.
Documentos a entregar:
Formulario de Convalidación de cursos. El formulario está disponible en la Dirección de Docencia.
Certificado de notas emitido por la Universidad donde hizo los cursos.
Programa detallado del contenido del curso, bibliografía, metodología de enseñanza (clases expositivas, taller, laboratorio, etc.) y metodología de evaluación.
A inicios del siguiente semestre verificar en Mi Portal (http://www.puc.cl) que las convalidaciones se hayan ingresado a la Ficha Académica Acumulada. De existir algún error, debe acercarse a la Dirección de Docencia para corregirlo.
• Cursos aprobados en universidades extranjeras
Puede solicitar este tipo de convalidaciones el alumno que haya realizado Intercambio Estudiantil (de acuerdo con las normas de la Universidad para tales propósitos) o que haya ingresado por admisión especial “Cambio de Universidad”, proveniente del extranjero.
Si es por Intercambio, puede solicitar, a su regreso del intercambio, la convalidación de los cursos que figuren en la carta pre-compromiso que firmó (el alumno y la Dirección de Docencia) antes de irse al Intercambio.
Si es por admisión especial, debe solicitar la convalidación durante la primera semana de clases de su primer semestre.
Documentación a entregar en la Dirección de Docencia:
Certificado de notas emitido por la Universidad donde hizo los cursos.
Programa detallado del contenido del curso, bibliografía, metodología de enseñanza (clases expositivas, taller, laboratorio, etc.), metodología de evaluación, pruebas, examen, apuntes, proyectos, tareas, etc. Con esta documentación se obtiene el nivel de profundidad y extensión del curso, y se determina si procede o no la convalidación.
A inicios del siguiente semestre verificar en Mi Portal (http://www.puc.cl), que las convalidaciones se hayan ingresado a la Ficha Académica Acumulada. De existir algún error, debe acercarse a la Dirección de Docencia para corregirlo.
• Convalidación de cursos por conocimientos relevantes
Cuando el alumno cree conocer bien las materias de un curso (que no ha inscrito ni ha aprobado antes), podrá solicitar un examen de conocimientos relevantes.
El procedimiento es el siguiente:
Presentar la solicitud por escrito a la Dirección de Docencia, indicando sigla y nombre del curso que desea convalidar.
La Dirección de Docencia, previa consulta al profesor respectivo, notifica al alumno la fecha de realización del examen.
Si aprueba el examen, entonces se convalida el curso que solicitó.
A inicios del siguiente semestre verificar en Mi Portal (http://www.puc.cl), que las convalidación se haya ingresado a la Ficha Académica Acumulada. De existir algún error, debe acercarse a la Dirección de Docencia para corregirlo.
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Suspensión
El trámite de suspensión se realiza en cualquier oficina DSRD, dentro de los plazos señalados en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.
Si cumple con los requisitos establecidos, puede suspender hasta dos períodos académicos consecutivos sin expresión de causa. El mecanismo de suspensión permite alejarse temporalmente del plantel universitario. Durante ese período quedará exento de cancelar el arancel correspondiente al valor de matrícula.
Todo alumno con suspensión de estudios no figurará inscrito en cursos, por lo tanto, perderá todos los derechos de salud y uso de biblioteca salvo el de renovar matrícula.
Al término de la suspensión, cualquiera fuere el plazo autorizado, deberá inscribir cursos para el período académico siguiente. De lo contrario se le considerará en situación de abandono, perderá su derecho a renovar matrícula y sólo podrá reingresar a la Universidad con autorización de la Comisión de Reintegros.
Otras suspensiones de estudio
Si la solicitud corresponde a una suspensión adicional o prórroga de la ya obtenida, deberá adjuntar una carta, dirigida a la Comisión de Suspensiones, explicando y fundamentando sus motivos. La Comisión resolverá en un plazo de 10 días y podrá autorizarlo hasta por cuatro períodos académicos consecutivos.
Si los motivos para alejarse de la Universidad están relacionados con problemas de salud, existe la posibilidad de solicitar una suspensión de salud, directamente en el Servicio de Salud Estudiantil.
Anulación
Para solicitar la anulación de un determinado período académico, debe ser alumno regular, con a lo menos dos períodos académicos cursados en su programa de estudios, contar con la autorización de su Facultad, no tener deudas de biblioteca o matrícula y cancelar el total del monto del arancel de matrícula correspondiente al período académico que desea anular. Artículo Nº 46 del Reglamento del Alumno Regular de Pregrado.
El trámite de anulación se realiza en cualquier oficina DSRD, dentro de los plazos señalados en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.
Excepcionalmente y por causa debidamente justificada, usted podrá solicitar la anulación de nuevos períodos académicos.
Al anular un semestre, quedará suspendido de todos sus derechos salvos los de renovar matrícula para el período académico siguiente, percibir los beneficios de salud, deportes y los préstamos de matrícula y / o Crédito Universitario según corresponda.
Reintegro
Se entiende por reintegro, el regreso del alumno a la Universidad para continuar sus estudios después de un período de abandono.
Puede solicitar reintegro aquel alumno que, sin previa notificación por escrito a la Universidad de su ausencia, no haya inscrito cursos en dos períodos académicos consecutivos.
El alumno que desea reintegrarse debe solicitar, por escrito, autorización a la Comisión de Suspensión y Reintegros, en las oficinas de la DSRD, exponiendo los motivos por cuales se ausentó de la Universidad y manifestando su intención de continuar estudios. La Comisión se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, previa consulta con la Facultad.
Si la solicitud de reintegro es aceptada, el alumno queda en condiciones de inscribir cursos, debiendo asumir cualquier cambio curricular que eventualmente se haya producido durante su ausencia de la Universidad. Por otro lado, debe pagar una multa equivalente al 15% del arancel de matrícula más bajo vigente en el año de su abandono o suspensión; esta multa es reajustada de la misma manera como se reajusta la deuda de matrícula.
Si la Comisión no autoriza el reintegro se entiende que el alumno abandona la Universidad.
Renuncia
Se entiende por RENUNCIA el acto por el cual un alumno manifiesta por escrito a la Dirección de Admisión y Registros Académicos, DSRD, su intención de no continuar cursando su Programa de Estudios. Artículo Nº 47 del Reglamento del Alumno Regular de Pregrado
El trámite de renuncia se realiza en cualquier oficina DSRD, dentro de los plazos señalados en el Calendario de Actividades Académicas y Estudiantiles.
Su situación de matrícula y biblioteca será verificada en pantalla. Si tiene deudas su autorización quedará pendiente.
Una vez que haya renunciado a su respectiva carrera no podrá postular a ingresar al mismo programa de estudios, en esta Universidad, hasta después de dos años, contados desde el término del período académico que renuncia, y sólo podrá hacerlo vía Admisión Ordinaria.
En situaciones excepcionales, la Comisión de Reintegros podrá autorizarlo a reingresar al mismo programa, cancelando un arancel de reincorporación equivalente al 15% del arancel de matrícula del grupo de carreras más bajo vigente a la época de su renuncia.
Actas: A quien calificar
Todos los alumnos que aparecen en el Acta de Notas deben ser calificados de conformidad a lo establecido en los artículos 26, 28, 29 y 30 del Reglamento del alumno de Pregrado.
Si un alumno figura en la lista y no se ha presentado a ninguna o alguna evaluación del curso, lo que corresponde es un 1.0 (uno coma cero) o bien la evaluación ponderada.
Si un alumno no figura en la lista no tiene derecho a nota.
No se pueden agregar ni borrar personas a las listas ya enviadas.
En caso de producirse una modificación a la nota registrada, ésta debe venir refrendada con la firma de la misma persona que firma esa página de Acta de Notas.
Las calificaciones deberán expresarse hasta con un decimal. Los Talleres, Seminarios y Tesis de postgrado podrán ser calificados mediante los siguientes conceptos: D, A o R que significan
Distinguido, Aprobado o Reprobado, respectivamente.
Notas P
La calificación pendiente (nota P) podrá ser utilizada sólo ante motivos justificados o razones de fuerza mayor, debidamente acreditados ante la Dirección de Docencia, quien es la única entidad de la Escuela que autorizará este tipo de calificación.
El plazo máximo para levantar una nota P vence en la fecha estipulada en el calendario académico de la Universidad, generalmente durante la primera semana del periodo académico inmediatamente siguiente. Por tanto, aquellos alumnos que no hayan cumplido con esta norma les corresponde calificación 1,0 (uno coma cero).
Nota I
Desde el semestre 2-2001 la Vicerrectoría Académica implementó la calificación I de incompleto.
Los cursos de Investigación o proyecto, Trabajo personal dirigido, Tesis de postgrado,
Seminarios de postgrado y cursos anuales pueden ser calificados con nota I.
Plazo de entrega
El plazo máximo para entregar las actas de notas a la Dirección de Docencia se indicará oportunamente mediante correo electrónico a los Jefes de Departamentos y Coordinadores Docentes.
